Seguro Basic

desde 32€

Consultar Detalles

Seguro Vacacional Complet

desde 65€

Consultar Detalles

Seguro Exclusivo 1500

desde 58€

Consultar Detalles

Seguro Schengen

desde 62€

Consultar Detalles

Seguro Multiasistencia VIP - Mundo

desde 53€

Consultar Detalles

Producto: Basic

Asistencia de Viaje, Resumen de su póliza AXA

Condición de asegurados

Son considerados asegurados cada una de las personas físicas, con domicilio habitual en España, clientes de la agencia de viajes, vinculada al Tomador del seguro siempre que se comunique al Asegurador, antes del inicio de cada viaje su adhesión con indicación del nombre y apellidos, DNI o pasaporte, duración, fecha del inicio del viaje y ámbito territorial.

Cobertura del seguro

Las coberturas del presente contrato se extienden a los accidentes y/o enfermedades que pudieran sobrevenir a los asegurados con motivo de un viaje individual o colectivo. La cobertura se extiende desde dos horas antes del inicio del viaje, sin computar demoras o retrasos y hasta dos horas después de la finalización de los servicios contratados con los proveedores del viaje, con un máximo de 90 días.

Capitales y Coberturas aseguradas

1.- Gastos de Anulación

1.1 Gastos de Anulación del viaje antes de la salida/ Riesgo no asegurado.

1.2 Gastos de Anulación del viaje después de la salida/ Riesgo no asegurado.

2.- Asistencia en Equipajes

2.1 Demora de equipajes/ Hasta 60 €

2.2 Deterioro, robo, incendio y pérdida total de equipaje/ Hasta 300 €

3.- Asistencia en Transportes

3.1 Asistencia a los pasajeros/ Riesgo no asegurado.

3.2 Transporte alternativo por pérdida de enlace/ Riesgo no asegurado.

3.3 Pérdida de servicios contratados en viaje/ Riesgo no asegurado.

4.- Asistencia Sanitaria

4.1.- Garantías Sanitarias (incluyendo casos de positivos COVID-19)

4.2.- Repatriación o traslado de heridos o enfermos/ Incluido.

4.3.- Prolongación estancia en hotel/ 60 € por día/max. 600 €

4.4.- Desplazamiento y estancia de un acompañante/ 60 € por día/max. 600 €

4.5.- Transmisión de mensajes urgentes/ incluido.

4.6.- Gastos de curación por enfermedad o accidente/ Hasta 1.500 € España / Hasta 3.600 € extranjero.

4.7.- Repatriación en caso de fallecimiento/ incluido.

4.8.- Regreso anticipado por fallecimiento pariente/  incluido.

4.9.- Adelanto de fondos en el extranjero/ Hasta 600 €

5.- Complementarias

5.1.- Pérdidas de documentos/ Riesgo no asegurado.

5.2.- Protección urgente de la vivienda/ Riesgo no asegurado.

5.3.- Regreso anticipado por siniestro grave en vivienda/ Riesgo no asegurado.

5.4.- Responsabilidad civil personal y familiar/ Hasta 60.000 €

6.- Accidentes

6.1.- Indemnización por fallecimiento/ 3.000 €

6.2.- Indemnización por incapacidad/ Hasta 6.000 €

Solicitud de asistencia en viaje :  La solicitud de asistencia en viaje deberá realizarse siempre por medio del teléfono:

Desde España: 934 968 979

Resto del Mundo: 0034 934 968 979

Debe indicar su nombre, número de póliza, lugar y número de teléfono donde se encuentra y tipo de asistencia que precisa.

– Para la percepción de reembolsos, deben contactar, una vez finalizado el viaje, con el Departamento de reembolsos en el Teléfono : 934 963 994, aportando la documentación acreditativa en cada caso.

– En equipajes: copia de la denuncia ante la policía (caso de robo) o denuncia ante la Empresa Transportista (extravío) y relación e importe de los objetos robados, extraviados o deteriorados.

2.- Garantías Asistencia en Equipajes

2.1- Demora de equipajes facturado:

En caso de demora – superior a 24 horas o noche de por medio- en la entrega del equipaje por parte de la empresa transportista, el asegurador cubre los gastos ocasionados con motivo de su recuperación y de compra de artículos de primera necesidad, previa entrega de los oportunos justificantes, hasta un máximo de 60 euros, siempre y cuando el asegurado se encontrara ausente de su domicilio, una vez transcurrido el plazo antes indicado. Para el pago de la indemnización será imprescindible la presentación por parte del asegurado de : – las facturas originales con motivo de la recuperación del equipaje y de las compras efectuadas de artículos de primera necesidad, entendiéndose como tales los imprescindibles para cubrir las necesidades básicas de higiene personal y vestuario y/o imprescindibles para la continuación del viaje.- denuncia original efectuada ante la empresa transportista. – justificante de la empresa transportista en el que figure día y hora de entrega del equipaje.

2.2- Robo, extravío, deterioro, incendio y pérdida total:

En caso de robo, deterioro o extravío por parte de la empresa transportista del equipaje o por incendio, intento de robo o explosión y que suponga la inutilización del mismo para su uso habitual, el Asegurador indemnizará al Asegurado hasta el límite de 300 euros. La indemnización máxima para el conjunto de los objetos de valor será el 50% del límite de la suma garantizada. Por objetos de valor se entienden:

– las objetos de oro, plata y platino con o sin perlas o piedras preciosas engarzadas o no, metales preciosos en barras o acuñados.

– las obras de arte y antigüedades, tapices, cuadros, alfombras y pieles.

– el material fotográfico, informático y ordenadores personales, cinematográfico, radiofonía, de registro o de

reproducción del sonido o de la imagen, así como sus accesorios y escopetas de caza.

Las joyas y pieles están garantizadas únicamente contra el robo y solamente cuando se depositen en la caja de seguridad o consigna de un hotel o las lleve consigo el Asegurado.

4. Garantías Asistencia Sanitaria
4.1. Repatriación o traslado de heridos o enfermos

 

Transporte del asegurado al centro hospitalario más próximo que disponga de las instalaciones necesarias para su atención y, de producirse la hospitalización en un centro alejado de su domicilio, posterior traslado del asegurado y un acompañante (también inscrito en el viaje) hasta el domicilio habitual.

4.2.- Inmovilización en hotel

En caso de que el Asegurado se halle enfermo o accidentado y de acuerdo con el médico que le atiende, no es posible su regreso, el Asegurador toma a su cargo una prórroga de hasta 10 días de estancia en hotel, con un máximo de 60 € /día.

4.3.- Desplazamiento y estancia de un acompañante

En caso de enfermedad o accidente que ocasione la hospitalización del Asegurado (mínimo 10 días), queda cubierto el transporte de un acompañante designado por el Asegurado residente en España o en su país de origen. Cuando se trate de Asegurados menores de edad o incapacitados, la cobertura será desde el primer día de hospitalización.

De producirse la hospitalización en el extranjero, se incluye la estancia (alojamiento) de esta persona hasta un máximo de 10 días, con un límite de 60€ /día, contra presentación de las facturas originales correspondientes.

4.4.-Transmisión de mensajes urgentes

4.5. Gastos curación por enfermedad o accidente

Límite de indemnización:

Eventos ocurridos en España……………………………………… 1.500€

Eventos ocurridos en el Extranjero………………………………..3.600€

Gastos Odontológicos……………………………………………………. 60€

(Esta prestación se interrumpirá una vez finalizado el viaje)

4.6.- Gastos por repatriación o transporte en caso de fallecimiento.

4.7.- Regreso anticipado

En caso de que le Asegurado deba interrumpir el viaje por fallecimiento durante su transcurso, de su cónyuge, ascendientes o descendientes en primer grado, hermanos/as y suegros, el Asegurador toma a su cargo el transporte al lugar de inhumación en España, así como el eventual regreso al lugar de interrupción del viaje.

4.8. Adelanto de fondos en el extranjero

Cuando a causa de gastos extraordinarios por accidente o enfermedad sea necesario,el Asegurador adelantará hasta 600 € que el Asegurado reembolsará al finalizar el viaje.

5.-Garantías Asistencia Complementarias

5.4. Responsabilidad Civil personal y familiar

Límite de indemnización…………………………………………………. 60.000 €

6.- Garantias Accidentes

6.1. Indemnización por fallecimiento…………………………….. 3.000 €

6.2. Indemnización por incapacidad total………………………. 6.000 €

Indemnización por incapacidad parcial (según baremo establecido en póliza)

La garantía máxima por siniestro que afecte a varios asegurados del Asegurador queda establecida en 3.000.000 €

Exclusiones específicas

Aplicables a la garantía de equipajes:

– la sustracción de objetos dejados sin vigilancia en algún lugar público.

– el hurto. (A estos efectos se entiende por hurto aquella sustracción cometida al descuido, sin que medie violencia

ni intimidación a las personas ni fuerza en las cosas).

– la destrucción resultante de un vicio propio de la cosa, de su desgaste normal y natural, vertido de líquidos,

materias grasas, colorantes o corrosivos que formen parte del equipaje asegurado.

– la destrucción de objetos frágiles, la cerámica, cristal, porcelana y mármol.

– los robos cometidos en el interior de un vehículo particular, salvo que el mismo se encuentre depositado en un

parking público con vigilancia.

– los documentos, cartas de identidad, tarjetas de crédito, tarjetas magnéticas, cintas y/o discos con

memoria, documentos registrados o filmados, billetes de transporte, dinero en metálico, los títulos

valores y llaves.

– las bicicletas, remolques y caravanas, los barcos, las motocicletas y otros medios de transporte.

– el material de carácter profesional. A estos efectos no se consideran material profesional los ordenadores

personales.

– las gafas, lentillas, prótesis y aparatos ortopédicos de cualquier tipo.

– los accesorios del automóvil, los objetos que amueblan las caravanas Camping cars, tiendas de campaña o

barcos.

Aplicables a las garantías de asistencia sanitaria:

— El rescate de personas en mar, montaña o desierto.

— Las consecuencias de accidentes sufridos antes de la fecha de entrada en vigor de la póliza, aunque las

consecuencias de los mismos persistan, se manifiesten o determinen durante la vigencia de esta.

— Los accidentes laborales en actividades calificadas como de riesgo y las enfermedades profesionales.

— La renuncia, el retraso o adelanto voluntario por parte del asegurado del traslado sanitario propuesto por el

Asegurador y acordado por su equipo médico

— Las enfermedades ya existentes, con riesgo de agravación súbita y conocidas por el asegurado en el momento

de iniciar el viaje, las enfermedades mentales y los estados patológicos conocidos por el asegurado susceptibles de empeoramiento en caso de viaje, revisiones médicas de carácter preventivo (chequeos), curas termales, cirugía estética, el síndrome de inmunodeficiencia adquirida y aquellos casos en que el viaje tenga por objeto recibir tratamiento médico o intervención quirúrgica

— Asimismo, queda excluido el diagnostico, seguimiento y tratamiento del embarazo, interrupción voluntaria del mismo y partos, salvo que se trate de atención de carácter urgente y siempre anterior al sexto mes.

— La participación en competiciones deportivas, como también la práctica de actividades de riesgo: boxeo, halterofilia, lucha, artes marciales, alpinismo, deslizamiento en trineo, inmersión con aparatos respiratorios, submarinismo, espeleología y esquí náutico con salto de trampolín; el esquí y cualquier otro deporte de invierno, los deportes aéreos en general y los deportes de aventura, como ahora el rafting, puenting, hidrospeed, barranquismo y similares. Salvo estipulación expresa en las condiciones particulares y pago de la sobreprima correspondiente.

— Los gastos de curación por un importe inferior a 30€, así como los relativos a gafas, lentillas, y a la adquisición, implantación-sustitución, extracción y/o reparación de prótesis, piezas anatómicas y ortopédicas de cualquier tipo.

— El traslado sanitario de heridos o enfermos cuyas afecciones o lesiones puedan ser tratadas “in situ “.

— En los gastos de acondicionamiento del cadáver, se excluyen los de inhumación, ceremonia y pompas fúnebres.

Se incluye, no obstante, el coste de ataúd mínimo necesario para el traslado del fallecido.

— La muerte por suicidio, las enfermedades o lesiones resultantes de acto intencionado del asegurado.

— El tratamiento de enfermedades o estados provocados por intencional ingestión o administración de narcóticos,

tóxicos o por la utilización de medicamentos sin prescripción médica.

Aplicables a la garantía de accidentes:

No quedan amparadas en esta garantía las personas mayores de 70 años, garantizándose a los menores de 14 años en el riesgo de muerte 3.000 € para gastos de sepelio y para el riesgo de Invalidez permanente hasta la suma fijada en las condiciones particulares.

Este resumen no tiene valor contractual, y por tanto no sustituye las Condiciones Particulares y Generales de la Póliza suscrita entre el Tomador y el Asegurador.

Producto: Vacacional Complet

Asistencia de Viaje, Resumen de su póliza AXA

Condición de asegurados

Son considerados asegurados cada una de las personas físicas, con domicilio habitual en España, clientes de la agencia de viajes, vinculada al Tomador del seguro siempre que se comunique al Asegurador, antes del inicio de cada viaje su adhesión con indicación del nombre y apellidos, DNI o pasaporte, duración, fecha del inicio del viaje y ámbito territorial.

Cobertura del seguro

Las coberturas del presente contrato se extienden a los accidentes y/o enfermedades que pudieran sobrevenir a los asegurados con motivo de un viaje individual o colectivo. La cobertura se extiende desde dos horas antes del inicio del viaje, sin computar demoras o retrasos y hasta dos horas después de la finalización de los servicios contratados con los proveedores del viaje, con un máximo de 90 días.

Para la garantía de anulación del viaje antes de su salida, el seguro cubre el período de tiempo comprendido entre la fecha de contratación del seguro y la fecha del salida del viaje. La garantía únicamente tendrá validez si se contrata en el mismo momento que el viaje objeto del seguro, o como máximo en las 72 horas siguientes.  

Capitales y Coberturas aseguradas

1.- Gastos de Anulación

1.1 Gastos de Anulación del viaje antes de la salida/ Hasta 1.000 €

1.2 Gastos de Anulación del viaje después de la salida/ Hasta 1.000 €

2.- Asistencia en Equipajes

2.1 Demora de equipajes/ Hasta 120 €

2.2 Deterioro, robo, incendio y pérdida total de equipaje/ Hasta 300€

3.- Asistencia en Transportes

3.1 Asistencia a los pasajeros/ Hasta 125 €

3.2 Transporte alternativo por pérdida de enlace/ Hasta 300€

3.3 Pérdida de servicios contratados en viaje/ Hasta 300€

4.- Asistencia Sanitarias

4.1- Garantías Sanitarias (incluyendo casos de positivos COVID-19)

4.2.- Repatriación o traslado de heridos o enfermos/ incluido

4.3.- Prolongación estancia en hotel/ 60 € por día/max. 600 €

4.4.- Desplazamiento y estancia de un acompañante/ 60 € por día/max. 600 €

4.5.- Transmisión de mensajes urgentes/ incluido

4.6.- Gastos de curación por enfermedad o accidente/ Hasta 600 € / Hasta 15.000 € extranjero

4.7.- Repatriación en caso de fallecimiento/ incluido

4.8.- Regreso anticipado por fallecimiento pariente/ incluido

4.9.- Adelanto de fondos en el extranjero/ Hasta 600 €

5.- Complementarias

5.1.- Pérdidas de documentos/ Hasta 240 €

5.2.- Protección urgente de la vivienda/ incluido

5.3.- Regreso anticipado por siniestro grave en vivienda/ incluido

5.4.- Responsabilidad civil personal y familiar/ Hasta 60.000 €

6.- Accidentes

6.1.- Indemnización por fallecimiento/ 30.000 €

6.2.- Indemnización por incapacidad/ Hasta 30.000 €

Procedimiento en Caso de Solicitud de Prestación

La solicitud de asistencia en viaje deberá realizarse siempre por medio del teléfono:

Desde España: 934 968 979

Resto del Mundo: 0034 934 968 979

Debe indicar su nombre, número de póliza, lugar y número de teléfono donde se encuentra y tipo de asistencia que precisa.

Para la percepción de reembolsos, deben contactar, una vez finalizado el viaje, con el Departamento de reembolsos en el teléfono: 934 963 994, aportando la documentación acreditativa en cada caso.

– En equipajes: Copia de la denuncia ante la policía (caso de robo) o denuncia ante la empresa transportista (extravío, incumplimientos) y relación e importe de los objetos robados, extraviados o deteriorados.

– Para percibir la indemnización por Gastos de Anulación deberá avisar en el momento de la ocurrencia del siniestro a la Agencia en que haya contratado el viaje. Para el pago del reembolso será imprescindible la presentación del informe médico amplio, constando antecedentes y diagnóstico y/o parte de hospitalización en centro médico en el que figure la fecha de ingreso y de alta, o certificado de defunción y justificación del parentesco. Será imprescindible la presentación de la factura de los gastos que el Organizador esté asumiendo por la anulación del viaje del Asegurado con indicación de la fecha de anulación del viaje.

 1.- Garantías de Gastos de Anulación del viaje

1.1.-Gastos de anulación del viaje antes de la salida

Cuando el Asegurado anule el viaje objeto del seguro antes de la salida por alguno de los supuestos enumerados a continuación, el Asegurador garantiza el reembolso de los gastos de anulación que el Organizador del viaje, en virtud de la legislación vigente de agencias de viaje, o de cualquiera de los proveedores del viaje, repercuta al asegurado hasta el límite de 1.000 euros.

1.2.-Gastos de anulación del viaje después de la salida

En caso de que el Asegurado deba interrumpir sus vacaciones anticipadamente por cualquiera de las causas enumeradas a continuación, el Asegurador le reembolsará el importe de las prestaciones no utilizadas hasta un máximo de de 1.000 €, y que fueron contratadas con el viaje objeto del seguro, previa justificación documental del coste de dichos servicios.

Queda excluido el viaje de ida.

Supuestos asegurados

1.- Fallecimiento, accidente corporal grave o enfermedad grave del Asegurado.

Enfermedad grave: alteración de la salud constatada por un profesional médico competente, que implique el cese de todo tipo de actividad dentro de los 7 días previos al viaje y que médicamente imposibilite el inicio del viaje en la fecha prevista. Accidente grave: daño corporal no intencionado por parte del asegurado proveniente de la acción imprevista de una causa exterior, que le impide el desplazamiento por sus propios medios.

2.- Fallecimiento u hospitalización a consecuencia de enfermedad o accidente grave de su cónyuge, ascendientes o descendientes en primer grado, hermanos/as, yernos, nueras , suegros, nietos y abuelos.

Para el pago de la indemnización será imprescindible la presentación de un informe médico amplio, constando antecedentes y diagnóstico, y/o parte de hospitalización en centro médico en el que figure la fecha de ingreso y de alta, o certificado de defunción y justificación del parentesco.

2.- Garantias Asistencia en equipajes

2.1.-Demora de equipajes facturado:

En caso de demora – superior a 24 horas o noche de por medio- en la entrega del equipaje por parte de la empresa transportista, el asegurador cubre los gastos ocasionados con motivo de su recuperación y de compra de artículos de primera necesidad, previa entrega de los oportunos justificantes, hasta un máximo de 120 euros, siempre y cuando el asegurado se encontrara ausente de su domicilio, una vez transcurrido el plazo antes indicado. Para el pago de la indemnización será imprescindible la presentación por parte del asegurado de : – las facturas originales con motivo de la recuperación del equipaje y de las compras efectuadas de artículos de primera necesidad, entendiéndose como tales los imprescindibles para cubrir las necesidades básicas de higiene personal y vestuario y/o imprescindibles para la continuación del viaje.- denuncia original efectuada ante la empresa transportista. – justificante de la empresa transportista en el que figure día y hora de entrega del equipaje.

2.2.-Robo, extravío, deterioro, incendio y pérdida total:

En caso de robo, deterioro o extravío por parte de la empresa transportista del equipaje o por incendio, intento de robo o explosión y que suponga la inutilización del mismo para su uso habitual, el Asegurador indemnizará al Asegurado hasta el límite de 300 euros. La indemnización máxima para el conjunto de los objetos de valor será el 50% del límite de la suma garantizada. Por objetos de valor se entienden:

– los objetos de oro, plata y platino con o sin perlas o piedras preciosas engarzadas o no, metales preciosos en barras o acuñados.

– las obras de arte y antigüedades, tapices, cuadros, alfombras y pieles.

– el material fotográfico, informático y ordenadores personales, cinematográfico, radiofonía, de registro o de

reproducción del sonido o de la imagen, así como sus accesorios y escopetas de caza.

Las joyas y pieles están garantizadas únicamente contra el robo y solamente cuando se depositen en la caja de seguridad o consigna de un hotel o las lleve consigo el Asegurado.

3.-Garantias asistencia en Transportes

3.1.- Asistencia a los pasajeros

El asegurador asumirá el reembolso de los gastos que ocasione el incumplimiento de la compañía transportista en caso de denegación de embarque, cancelación o un retraso superior a cuatro horas de la salida del medio de transporte por fallo técnico, huelga o conflicto social, inclemencias climatológicas o desastres naturales, intervención de las autoridades o de otras personas por la fuerza, hasta el límite contratado. (máximo por persona asegurada de: comidas hasta 25 euros por servicio (máximo 2 servicios por día) alojamiento en hotel hasta 50 euros/ día y transporte aeropuerto / alojamiento hasta 25 euros/ trayecto)

El límite máximo por siniestro para esta garantía y póliza que afecte a varios asegurados del Asegurador es de 6.000€.

3.2.- Transportes alternativo por pérdida de enlace

El asegurador asumirá el reembolso de los gastos, coste de transporte de regreso al lugar de origen o costes de transporte alternativo al destino final, que ocasione el incumplimiento de la compañía transportista en caso de denegación de embarque, cancelación o un retraso de la salida del medio de transporte, por fallo técnico, huelga o conflicto social, inclemencias climatológicas o desastres naturales, intervención de las autoridades o de otras personas por la fuerza, hasta el límite contratado (enlaces programados con un margen de tres horas).

El límite máximo por siniestro para esta garantía y póliza que afecte a varios asegurados del asegurador es de 6.000€.

3.3.- Pérdida de servicios contratados en viaje

El asegurador asumirá el pago de los gastos acreditados derivados de la pérdida de servicios contratados en viaje, por incumplimiento de la compañía transportista por denegación de embarque cancelación o un retraso por fallo técnico, huelga o conflicto social, inclemencias climatológicas o desastres naturales, intervención de las autoridades o de otras personas por la fuerza, hasta el límite contratado.

El límite máximo por siniestro para esta garantía y póliza que afecte a varios asegurados del asegurador es de 6.000€. El importe máximo por siniestro/ evento y póliza para las garantías de Asistencia en Transporte es de 600.000€.  

4.-Garantías Asistencia Sanitaria

4.1. Repatriación o traslado de heridos o enfermos

Transporte del asegurado al centro hospitalario más próximo que disponga de las instalaciones necesarias para su atención y, de producirse la hospitalización en un centro alejado de su domicilio, posterior traslado del asegurado y un acompañante (también inscrito en el viaje) hasta el domicilio habitual.

4.2.- Inmovilización en hotel

En caso de que el Asegurado se halle enfermo o accidentado y de acuerdo con el médico que le atiende, no es posible su regreso, el Asegurador toma a su cargo una prórroga de hasta 10 días de estancia en hotel, con un máximo de 60 € /día.

4.3.- Desplazamiento y estancia de un acompañante

En caso de enfermedad o accidente que ocasione la hospitalización del Asegurado (mínimo 10 días), queda cubierto el transporte de un acompañante designado por el Asegurado residente en España o en su país de origen. Cuando se trate de Asegurados menores de edad o incapacitados, la cobertura será desde el primer día de hospitalización.

De producirse la hospitalización en el extranjero, se incluye la estancia (alojamiento) de esta persona hasta un máximo de 10 días, con un límite de 60€ /día, contra presentación de las facturas originales correspondientes.

4.4.-Transmisión de mensajes urgentes

4.5. Gastos curación por enfermedad o accidente

Límite de indemnización:

Eventos ocurridos en España……………………………………… 600€

Eventos ocurridos en el Extranjero……………………………15.000€

Gastos Odontológicos…………………………………………………. 60€

(Esta prestación se interrumpirá una vez finalizado el viaje)

4.6.- Gastos por repatriación o transporte en caso de fallecimiento.

4.7.- Regreso anticipado

En caso de que le Asegurado deba interrumpir el viaje por fallecimiento durante su transcurso, de su cónyuge, ascendientes o descendientes en primer grado, hermanos/as y suegros, el Asegurador toma a su cargo el transporte al lugar de inhumación en España, así como el eventual regreso al lugar de interrupción del viaje.

4.8. Adelanto de fondos en el extranjero

Cuando a causa de gastos extraordinarios por accidente o enfermedad sea necesario, el Asegurador adelantará hasta 600 € que el Asegurado reembolsará al finalizar el viaje.

5.-Garantías Asistencia Complementarias

5.1. Pérdidas de documentos

Quedan cubiertos los gastos de gestión y obtención, ocasionados por sustitución, que el Asegurado haya de hacer por la pérdida o robo de documentos, billetes de transportes, visados, D.N.I., pasaporte debidamente justificados, hasta un máximo de 240 €. Quedan excluidos los perjuicios derivados de la pérdida de los documentos o de su utilización indebida por terceras personas. (Esta prestación se interrumpirá una vez finalizado el viaje)

5.2.- Protección urgente de vivienda habitual por un hecho accidental

El Asegurador se hará cargo de las reparaciones urgentes para evitar el acceso y si ello no fuera posible, organizará y abonará los servicios de un vigilante jurado hasta un máximo de 48 horas.

5.3.-Regreso anticipado de un asegurado por siniestro grave en la vivienda.

El Asegurador se ocupará de su transporte hasta el domicilio, así como el eventual regreso al lugar de interrupción del viaje.

5.4. Responsabilidad Civil personal y familiar

Límite de indemnización……………………………………………………… 60.000 €

6.-Garantías Accidentes

6.1. Indemnización por fallecimiento………………………………………. 30.000 €

6.2. Indemnización por incapacidad total………………………………… 30.000 €

Indemnización por incapacidad parcial (según baremo establecido en póliza)

La garantía máxima por siniestro que afecte a varios asegurados del Asegurador queda establecida en 3.000.000€

Exclusiones específicas

Aplicables a la garantía de Anulación:

. RELATIVAS A LA PERSONA CAUSANTE DEL SINIESTRO, SEA EL ASEGURADO O UN TERCERO :

– las enfermedades psíquicas, mentales o nerviosas.

– los actos dolosos, así como las lesiones auto intencionadas, el suicidio o su tentativa.

– los accidentes resultantes de la participación en apuestas, concursos, competiciones, desafíos y riñas

(salvo casos de legítima defensa ).

– los procesos que estén siendo tratados o tengan cuidados médicos dentro de los 30 días previos,

tanto a la fecha de reserva del viaje y/o la fecha de inclusión en el seguro.

– guerra civil o internacional, declarada o no, motines, movimientos populares o actos de terrorismo. – complicaciones del estado del embarazo.

. RELATIVAS A LA PERSONA DEL ASEGURADO :

– la falta o imposibilidad de vacunación y la imposibilidad médica de seguir el tratamiento necesario para viajar a determinados países.

– epidemias, polución y catástrofes naturales.

– la no-presentación por cualquier causa de documentos necesarios para viajar (pasaportes, visados,

billetes, vacunas, bonos…).

Aplicables a la garantía de asistencia en transportes:

— Excluido reembolso o pago solicitado en virtud de la cobertura de asistencia, transporte alternativo por pérdida de enlace y/o pérdida de servicios contratados en viaje combinado, en caso de denegación de embarque u overbooking

que sea derivada del arreglo voluntario de los viajeros con la compañía de transporte.

— Para cualquier reembolso o pago solicitado en virtud de la cobertura de trasporte alternativo que sea derivada de

denegación de embarque u overbooking y de cancelación de vuelo que se produzca antes del inicio del viaje en España, no

procederá indemnización por parte de esta cobertura del seguro.

– Quiebra, suspensión de pagos o desaparición del proveedor de servicios turísticos, la agencia de viajes minorista o del

organizador del viaje.
Aplicables a la garantía de equipajes:

– la sustracción de objetos dejados sin vigilancia en algún lugar público.

– el hurto. (A estos efectos se entiende por hurto aquella sustracción cometida al descuido, sin que medie violencia ni intimidación

a las personas ni fuerza en las cosas).

– la destrucción resultante de un vicio propio de la cosa, de su desgaste normal y natural, vertido de líquidos, materias grasas,

colorantes o corrosivos que formen parte del equipaje asegurado.

– la destrucción de objetos frágiles, la cerámica, cristal, porcelana y mármol.

– los robos cometidos en el interior de un vehículo particular, salvo que el mismo se encuentre depositado en un parking público

con vigilancia.

– los documentos, cartas de identidad, tarjetas de crédito, tarjetas magnéticas, cintas y/o discos con memoria, documentos

registrados o filmados, billetes de transporte, dinero en metálico, los títulos valores y llaves.

– las bicicletas, remolques y caravanas, los barcos, las motocicletas y otros medios de transporte.

– el material de carácter profesional. A estos efectos no se consideran material profesional los ordenadores personales. – las gafas, lentillas, prótesis y aparatos ortopédicos de cualquier tipo.

– los accesorios del automóvil, los objetos que amueblan las caravanas Camping cars, tiendas de campaña o barcos.

Aplicables a las garantías de asistencia sanitaria:

— El rescate de personas en mar, montaña o desierto.

— Las consecuencias de accidentes sufridos antes de la fecha de entrada en vigor de la póliza, aunque las consecuencias de los

mismos persistan, se manifiesten o determinen durante la vigencia de esta.

— Los accidentes laborales en actividades calificadas como de riesgo y las enfermedades profesionales.

— La renuncia, el retraso o adelanto voluntario por parte del asegurado del traslado sanitario propuesto por el Asegurador y

acordado por su equipo médico

— Las enfermedades ya existentes, con riesgo de agravación súbita y conocidas por el asegurado en el momento de iniciar el viaje,

las enfermedades mentales y los estados patológicos conocidos por el asegurado susceptibles de empeoramiento en caso de viaje, revisiones médicas de carácter preventivo (chequeos), curas termales, cirugía estética, el síndrome de inmunodeficiencia adquirida y aquellos casos en que el viaje tenga por objeto recibir tratamiento médico o intervención quirúrgica

— Asimismo, queda excluido el diagnostico, seguimiento y tratamiento del embarazo, interrupción voluntaria del mismo y partos, salvo que se trate de atención de carácter urgente y siempre anterior al sexto mes.

— La participación en competiciones deportivas, como también la práctica de actividades de riesgo: boxeo, halterofilia, lucha, artes marciales, alpinismo, deslizamiento en trineo, inmersión con aparatos respiratorios, submarinismo, espeleología y esquí náutico con salto de trampolín; el esquí y cualquier otro deporte de invierno; los deportes aéreos en general y los deportes de aventura, como ahora el rafting, puenting, hidrospeed, barranquismo y similares. Salvo estipulación expresa en las condiciones particulares y pago de la sobreprima correspondiente.

— Los gastos de curación por un importe inferior a 30€, así como los relativos a gafas, lentillas, y a la adquisición, implantación- sustitución, extracción y/o reparación de prótesis, piezas anatómicas y ortopédicas de cualquier tipo.

— El traslado sanitario de heridos o enfermos cuyas afecciones o lesiones puedan ser tratadas “in situ “.

— En los gastos de acondicionamiento del cadáver, se excluyen los de inhumación, ceremonia y pompas fúnebres. Se incluye,

no obstante, el coste de ataúd mínimo necesario para el traslado del fallecido.

— La muerte por suicidio, las enfermedades o lesiones resultantes de acto intencionado del asegurado.

— El tratamiento de enfermedades o estados provocados por intencional ingestión o administración de narcóticos, tóxicos o por la

utilización de medicamentos sin prescripción médica.

Aplicables a la garantía de accidentes:

No quedan amparadas en esta garantía las personas mayores de 70 años, garantizándose a los menores de 14 años en el riesgo de muerte 3.000 € para gastos de sepelio y para el riesgo de Invalidez permanente hasta la suma fijada en las condiciones particulares.

Este resumen no tiene valor contractual, y por tanto no sustituye las Condiciones Particulares y Generales de la Póliza suscrita entre el Tomador y el Asegurador.

Producto: Exclusivo 1500

Asistencia de Viaje, Resumen de su póliza AXA

Condición de asegurados

Son considerados asegurados cada una de las personas físicas, con domicilio habitual en España, clientes de la agencia de viajes, vinculada al Tomador del seguro siempre que se comunique al Asegurador, antes del inicio de cada viaje su adhesión con indicación del nombre y apellidos, DNI o pasaporte, duración, fecha del inicio del viaje y ámbito territorial.                                                                                         

Coberturas de seguros

Las coberturas del presente contrato se extienden a los accidentes y/o enfermedades que pudieran sobrevenir a los asegurados con motivo de un viaje individual o colectivo. La cobertura se extiende desde dos horas antes del inicio del viaje, sin computar demoras o retrasos y hasta dos horas después de la finalización de los servicios contratados con los proveedores del viaje, con un máximo de 90 días.

Para la garantía de anulación del viaje antes de su salida, el seguro cubre el período de tiempo comprendido entre la fecha de contratación del seguro y la fecha de salida del viaje. La garantía únicamente tendrá validez si se contrata en el mismo momento que el viaje objeto del seguro, o como máximo en las 72 horas siguientes.                                                                                                            

 Capitales y Coberturas aseguradas

1.- Gastos de Anulación

1.1 Gastos de Anulación del viaje antes de la salida/ Hasta 1.500€

1.2 Gastos de Anulación del viaje después de la salida/ Hasta 1.500€

2.- Asistencia en Equipajes

2.1 Demora de equipajes/ Hasta 120€

2.2 Deterioro, robo, incendio y pérdida total de equipaje/ Hasta 600€

3.- Asistencia en Transportes

3.1 Asistencia a los pasajeros/ Hasta 125€

3.2 Transporte alternativo por pérdida de enlace/ Hasta 300€

3.3 Pérdida de servicios contratados en viaje/ Hasta 300€

4.- Asistencia Sanitaria/ Riesgo no asegurado. Garantías Sanitarias (incluyendo casos de positivos COVID-19)

5.- Complementarias/ Riesgo no asegurado

6.- Accidentes / Riesgo no asegurado

                                                                                                                       Procedimiento en Caso de Solicitud de Presentación

La solicitud de asistencia en viaje deberá realizarse siempre por medio del teléfono:

Desde España: 934 968 979

Resto del Mundo: 0034 934 968 979

Deberá su nombre, número de póliza, lugar y número de teléfono donde se encuentra y tipo de asistencia que precisa.

Para la percepción de reembolsos, deben contactar, una vez finalizado el viaje, con el

Departamento de reembolsos: 934 963 994, aportando la documentación acreditativa en cada caso.

En equipajes: copia de la denuncia ante la policía (caso de robo) o denuncia ante la empresa transportista (extravío, incumplimientos) y relación e importe de los objetos robados, extraviados o deteriorados.

– Para percibir la indemnización por Gastos de Anulación deberá avisar en el momento de la ocurrencia del siniestro a la Agencia en que haya contratado el viaje. Para el pago del reembolso será imprescindible la presentación del informe médico amplio, constando antecedentes y diagnóstico y/o parte de hospitalización en centro médico en el que figure la fecha de ingreso y de alta, o certificado de defunción y justificación del parentesco. Será imprescindible la presentación de la factura de los gastos que el Organizador esté asumiendo por la anulación del viaje del Asegurado con indicación de la fecha de anulación del viaje.

 

1.- Garantías De Gastos De Anulación Del Viaje

1.1- Gastos de anulación del viaje antes de la salida

Cuando el Asegurado anule el viaje objeto del seguro antes de la salida por alguno de los supuestos enumerados a continuación, el Asegurador garantiza el reembolso de los gastos de anulación que el Organizador del viaje, en virtud de la legislación vigente de agencias de viaje, o de cualquiera de los proveedores del viaje, repercuta al asegurado hasta el límite de 1.500 euros.

1.2- Gastos de anulación del viaje después de la salida

En caso de que el Asegurado deba interrumpir sus vacaciones anticipadamente por cualquiera de las causas enumeradas a continuación, el Asegurador le reembolsará el importe de las prestaciones no utilizadas hasta un máximo de 1.500 euros, y que fueron contratadas con el viaje objeto del seguro, previa justificación documental del coste de dichos servicios. Queda excluido el viaje de ida.                                                                                                     

Supuestos asegurados

1.- Fallecimiento, accidente corporal grave o enfermedad grave del Asegurado.

Enfermedad grave: alteración de la salud constatada por un profesional médico competente, que implique el cese de todo tipo de actividad dentro de los 7 días previos al viaje y que médicamente imposibilite el inicio del viaje en la fecha prevista.

Accidente grave: daño corporal no intencionado por parte del asegurado proveniente de la acción imprevista de una causa exterior, que le impide el desplazamiento por sus propios medios.

2.- Fallecimiento u hospitalización a consecuencia de enfermedad grave o accidente grave de la persona encargada de la custodia de los hijos menores o sustituto profesional del asegurado, si ejerce una profesión liberal o dirige una empresa. Para la aplicación de esta garantía es condición necesaria que exija imperativamente la presencia del asegurado en la fecha del inicio del viaje.

3.- Fallecimiento u hospitalización a consecuencia de enfermedad o accidente grave de su cónyuge, ascendientes o descendientes en primer grado, hermanos/as, yernos, nueras , suegros, nietos y abuelos. Para el pago de la indemnización en estros tres primeros supuestos, será imprescindible la presentación de un informe médico amplio, constando antecedentes y diagnóstico, y/o parte de hospitalización en centro médico en el que figure la fecha de ingreso y de alta, o certificado de defunción y justificación del parentesco.

4.- Complicaciones graves del embarazo, o aborto involuntario, que por prescripción médica impidan la realización del viaje, anteriores al sexto mes de gestación. Para el pago de la indemnización será imprescindible la presentación del informe médico.

5.- Gastos por cesión del viaje a una tercera persona por anulación del asegurado, siempre que esté motivada por alguna de las causas garantizadas en esta póliza. Para el pago de la indemnización será imprescindible la presentación de la factura de la cesión y toda la documentación justificativa del motivo de anulación.

6.- Perjuicios graves, no conocidos en el momento de la contratación del viaje, ocasionados en la vivienda principal del asegurado o en sus locales profesionales si ejerce una profesión liberal o dirige una empresa y causados por incendio, explosión o robo. Para la aplicación de esta garantía es condición necesaria que los perjuicios graves exijan imperativamente la presencia del asegurado en la fecha del inicio del viaje. Para el pago de la indemnización será imprescindible la presentación de documentación justificativa.

7.- Convocatoria como parte, testigo o jurado en un procedimiento judicial como miembro de una mesa electoral y recibida con posterioridad a la suscripción del seguro. Para el pago de la indemnización será imprescindible la presentación de la fotocopia de la convocatoria judicial o administrativa.

8.- Despido laboral del asegurado. Esta garantía no será de aplicación en los casos de renuncia voluntaria, no superación del período de prueba, despido disciplinario o finalización del término del contrato y, en todo caso el seguro deberá haberse suscrito antes de la comunicación por parte de la empresa al trabajador. Para el pago de la indemnización será imprescindible la presentación de fotocopia de la carta de despido una vez registrada en el Cemac.

9.- Incorporación a un nuevo puesto de trabajo, en una empresa distinta con contrato laboral superior a un año, siempre que dicha incorporación se produzca con posterioridad a la inscripción del viaje y por tanto a la suscripción del seguro. Para el pago de la indemnización será imprescindible la presentación del historial laboral y del nuevo contrato laboral.

10.- Traslado forzoso de puesto de trabajo, siempre que implique un cambio de residencia con desplazamiento superior a tres meses y que la comunicación por parte de la empresa se realice según los requisitos legales para ello establecidos. Para el pago de la indemnización será imprescindible la presentación fotocopia de la comunicación del traslado por parte de la empresa donde conste la fecha de incorporación al nuevo puesto y que ésta coincida con las fechas de realización del viaje.

11.- Declaración judicial de suspensión de pagos o quiebra de la empresa, siempre que el proceso se haya iniciado con posterioridad a la contratación del viaje y que la presencia del asegurado en la misma sea imprescindible. Para el pago de la indemnización será imprescindible la presentación de fotocopia de la declaración judicial y documentación justificativa de la imperiosa necesidad de la presencia del asegurado en la empresa.

12.- Presentación a exámenes de oposiciones oficiales. Para el reembolso de los gastos, la fecha de la convocatoria pública de dicho examen ha de ser posterior a la fecha de contratación del viaje y la fecha del examen debe coincidir con las fechas de realización del viaje. Para el pago de la indemnización será imprescindible la presentación fotocopia del anuncio de la convocatoria pública del examen y de la solicitud de derecho a examen.

13.- Actos de piratería aérea, terrestre o naval que imposibiliten al asegurado iniciar su viaje. Para el pago de la indemnización, dichos actos de piratería han de producirse o mantener su efectos, en el momento de la salida del medio de transporte que ha de utilizar el asegurado para el inicio de su viaje, sin posibilidad de cambio alguno del medio por parte de la empresa transportista y será imprescindible la presentación de la documentación justificativa correspondiente.

14.- Declaración oficial de zona catastrófica en el lugar del domicilio habitual del asegurado o en el destino del viaje.

15.- Citación por transplante de un órgano, del asegurado, su cónyuge o familiar en primer grado, recibida con posterioridad a la contratación del seguro. La solicitud para dicho transplante ha de haberse realizado con un mínimo de 6 meses de antelación a la fecha de inclusión en el seguro y en todo caso, será el departamento médico de la Aseguradora el que determine la imperiosa necesidad del transplante. Para el pago de la indemnización, será imprescindible la presentación de fotocopia de la citación, informe médico y documentación acreditativa donde conste la fecha de solicitud del transplante.

16.- Citación para una intervención quirúrgica grave del asegurado, su cónyuge o familiar en primer grado, recibida con posterioridad a la contratación del seguro. la solicitud para dicha intervención ha de haberse realizado con un mínimo de 6 meses de antelación a la fecha de inclusión en el seguro y en todo caso, será el departamento médico de la Aseguradora el que determine la imperiosa necesidad de la intervención. Para el pago de la indemnización, será imprescindible la presentación de fotocopia de la citación, informe médico y documentación acreditativo donde conste la fecha de solicitud de la intervención.

17.- Citación de un procedimiento judicial por trámite de divorcio, recibida con posterioridad a la suscripción del seguro. para el pago de la indemnización, será imprescindible fotocopia de la citación judicial.

18.- Entrega en adopción de un niño/a, que impida el inicio del viaje o que coincida con las fechas previstas del mismo. La notificación de la entrega de la adopción deberá haberse producido con posterioridad a la suscripción del seguro. Para el pago de la indemnización, será imprescindible la presentación del documento acreditativo de la notificación de entrega del niño/a.

19.- Concesión de becas oficiales, para la aplicación de esta garantía es condición necesaria que exija imperativamente la presencia del asegurado durante las fechas de realización del viaje. Para el pago de la indemnización será imprescindible la presentación de fotocopia de la solicitud de beca y fotocopia de las bases-normativa de la concesión de la misma.

20.- Anulación de la persona que ha de acompañar al Asegurado en el viaje inscrita al mismo tiempo y asegurada para este mismo riesgo, por alguna de las causas enumeradas en los apartados anteriores y que debido a ello tenga el Asegurado que viajar solo.

En caso de que por cualquiera de las causas previstas en este apartado de gastos de anulación, el asegurado realizara una cesión del mismo a favor de otra persona, quedarán garantizados los gastos adicionales que se produzcan por el cambio de titular de la reserva. Para el pago de la indemnización será imprescindible la presentación de la documentación justificativa del motivo de anulación del asegurado acompañante. Si el asegurado anula con retraso al día en que haya tenido conocimiento de la causa que impide su viaje, los gastos suplementarios que hayan sido facturados no serán objeto de reembolso alguno. En cualquier caso, para proceder a la indemnización será imprescindible la presentación de la factura de los gastos que la mayorista está asumiendo por la anulación del viaje del asegurado, con indicación de la fecha de anulación del viaje.

2.- Garantías Asistencia en Equipajes

2.1- Demora de equipajes facturado:

En caso de demora – superior a 24 horas o noche de por medio- en la entrega del equipaje por parte de la empresa transportista, el asegurador cubre los gastos ocasionados con motivo de su recuperación y de compra de artículos de primera necesidad, previa entrega de los oportunos justificantes, hasta un máximo de 120 euros, siempre y cuando el asegurado se encontrara ausente de su domicilio una vez transcurrido el plazo antes indicado. Para el pago de la indemnización será imprescindible la presentación por parte del asegurado de : – las facturas originales con motivo de la recuperación del equipaje y de las compras efectuadas de artículos de primera necesidad, entendiéndose como tales los imprescindibles para cubrir las necesidades básicas de higiene personal y vestuario y/o imprescindibles para la continuación del viaje.- denuncia original efectuada ante la empresa transportista. – justificante de la empresa transportista en el que figure día y hora de entrega del equipaje.

2.2- Robo, extravío, deterioro, incendio y pérdida total:

En caso de robo, deterioro o extravío por parte de la empresa transportista del equipaje o por incendio, intento de robo o explosión y que suponga la inutilización del mismo para su uso habitual, el Asegurador indemnizará al Asegurado hasta el límite de 600 euros. La indemnización máxima para el conjunto de los objetos de valor será el 50% del límite de la suma garantizada. Por objetos de valor se entienden:

– los objetos de oro, plata y platino con o sin perlas o piedras preciosas engarzadas o no, metales preciosos en barras o acuñados.

– las obras de arte y antigüedades, tapices, cuadros, alfombras y pieles.

– el material fotográfico, informático y ordenadores personales, cinematográfico, radiofonía, de registro o de reproducción del sonido o de

la imagen, así como sus accesorios y escopetas de caza.

Las joyas y pieles están garantizadas únicamente contra el robo y solamente cuando se depositen en la caja de seguridad o consigna de un hotel o las lleve consigo el asegurado

3.- Garantías Asistencia en Transportes

3.1.- Asistencia a los pasajeros

El asegurador asumirá el reembolso de los gastos que ocasione el incumplimiento de la compañía transportista en caso de denegación de embarque, cancelación o un retraso superior a cuatro horas de la salida del medio de transporte por fallo técnico, huelga o conflicto social, inclemencias climatológicas o desastres naturales, intervención de las autoridades o de otras personas por la fuerza, hasta el límite contratado. (máximo por persona asegurada de: comidas hasta 25 euros por servicio (máximo 2 servicios por día) alojamiento en hotel hasta 50 euros/ día y transporte aeropuerto / alojamiento hasta 25 euros/ trayecto)

El límite máximo por siniestro para esta garantía y póliza que afecte a varios asegurados del Asegurador es de 6.000 euros.

3.2.- Transportes alternativo por pérdida de enlace

El asegurador asumirá el reembolso de los gastos, coste de transporte de regreso al lugar de origen o costes de transporte alternativo al destino final, que ocasione el incumplimiento de la compañía transportista en caso de denegación de embarque, cancelación o un retraso de la salida del medio de transporte, por fallo técnico, huelga o conflicto social, inclemencias climatológicas o desastres naturales, intervención de las autoridades o de otras personas por la fuerza, hasta el límite contratado (enlaces programados con un margen de tres horas).

El límite máximo por siniestro para esta garantía y póliza que afecte a varios asegurados del asegurador es de 6.000 euros.

3.3.- Pérdida de servicios contratados en viaje

El asegurador asumirá el pago de los gastos acreditados derivados de la pérdida de servicios contratados en viaje, por incumplimiento de la compañía transportista por denegación de embarque cancelación o un retraso por fallo técnico, huelga o conflicto social, inclemencias climatológicas o desastres naturales, intervención de las autoridades o de otras personas por la fuerza, hasta el límite contratado. El límite máximo por siniestro para esta garantía y póliza que afecte a varios asegurados del asegurador es de 6.000 euros.

El importe máximo por siniestro/evento y póliza para las garantías de Asistencia en Transportes es de 600.000 euros.                                                                                                                                                         

Exclusiones específicas

Aplicables a la garantía de Anulación:

RELATIVAS A LA PERSONA CAUSANTE DEL SINIESTRO, SEA EL ASEGURADO O UN TERCERO :

– las enfermedades psíquicas, mentales o nerviosas.

– los actos dolosos, así como las lesiones auto intencionadas, el suicidio o su tentativa.

– los accidentes resultantes de la participación en apuestas, concursos, competiciones, desafíos y riñas

(salvo casos de legítima defensa ).

– los procesos que estén siendo tratados o tengan cuidados médicos dentro de los 30 días previos,

tanto a la fecha de reserva del viaje y/o la fecha de inclusión en el seguro.

– guerra civil o internacional, declarada o no, motines, movimientos populares o actos de terrorismo.

– complicaciones del estado del embarazo, salvo lo indicado en el apartado 4 de la garantía de Gastos de Anulación.

RELATIVAS A LA PERSONA DEL ASEGURADO :

– la falta o imposibilidad de vacunación y la imposibilidad médica de seguir el tratamiento necesario para

viajar a determinados países.

– epidemias, polución y catástrofes naturales, salvo lo indicado en el apartado 14 de la garantía de gastos

de anulación

– la no-presentación por cualquier causa de documentos necesarios para viajar (pasaportes, visados,

billetes, vacunas, bonos…).

Aplicables a la garantía de asistencia en transportes:

— Excluido reembolso o pago solicitado en virtud de la cobertura de asistencia, transporte alternativo por pérdida de enlace y/o pérdida de servicios contratados en viaje combinado, en caso de denegación de embarque u overbooking

que sea derivada del arreglo voluntario de los viajeros con la compañía de transporte.

— Para cualquier reembolso o pago solicitado en virtud de la cobertura de trasporte alternativo que sea derivada de

denegación de embarque u overbooking y de cancelación de vuelo que se produzca antes del inicio del viaje en España, no

procederá indemnización por parte de esta cobertura del seguro.

– Quiebra, suspensión de pagos o desaparición del proveedor de servicios turísticos, la agencia de viajes minorista o del

organizador del viaje.

Aplicables a la garantía de equipajes:

– la sustracción de objetos dejados sin vigilancia en algún lugar público.

– el hurto. (A estos efectos se entiende por hurto aquella sustracción cometida al descuido, sin que medie violencia ni intimidación

a las personas ni fuerza en las cosas).

– la destrucción resultante de un vicio propio de la cosa, de su desgaste normal y natural, vertido de líquidos, materias grasas,

colorantes o corrosivos que formen parte del equipaje asegurado.

– la destrucción de objetos frágiles, la cerámica, cristal, porcelana y mármol.

– los robos cometidos en el interior de un vehículo particular, salvo que el mismo se encuentre depositado en un parking público

con vigilancia.

– los documentos, cartas de identidad, tarjetas de crédito, tarjetas magnéticas, cintas y/o discos con memoria, documentos

registrados o filmados, billetes de transporte, dinero en metálico, los títulos valores y llaves.

– las bicicletas, remolques y caravanas, los barcos, las motocicletas y otros medios de transporte.

– el material de carácter profesional. A estos efectos no se consideran material profesional los ordenadores personales. – las gafas, lentillas, prótesis y aparatos ortopédicos de cualquier tipo.

– los accesorios del automóvil, los objetos que amueblan las caravanas Camping cars y tiendas de campaña.

 

Este resumen no tiene valor contractual ,y por tanto no sustituye las Condiciones Particulares y Generales de la Póliza suscrita entre el Tomador y el Asegurado.

GARANTÍAS CUBIERTAS LÍMITES
1) GARANTÍAS DE ASISTENCIA
1.1. ASISTENCIA A PERSONAS
1.1.1. ASISTENCIA MÉDICA Y SANITARIA
• MUNDO 30.000 €
* En los supuestos de enfermedad se requerirá una hospitalización del Asegurado como mínimo de una noche

1.1.5. GASTOS ODONTOLÓGICOS URGENTES 100 €
1.1.10. REPATRIACIÓN O TRANSPORTE SANITARIO DE HERIDOS O ENFERMOS ILIMITADO
1.1.13. REPATRIACIÓN O TRANSPORTE DEL ASEGURADO FALLECIDO ILIMITADO
1.1.41. SERVICIO DE INFORMACIÓN INCLUIDO
2) GARANTÍAS DE EQUIPAJES
2.1. PÉRDIDAS MATERIALES
• MUNDO 150 €

AMPLIACIONES OPCIONALES
1.1.1. ASISTENCIA MÉDICA Y SANITARIA
2.1. PÉRDIDAS MATERIALES
3.1. GASTOS DE ANULACIÓN DE VIAJE

CONDICIONES PARTICULARES

2. VALIDEZ TERRITORIAL
El seguro tiene validez exclusivamente en todo el espacio Schengen, según el destino del viaje, desplazamiento o estancia contratada por el ASEGURADO.

SERVICIOS
TELEMEDICINA
HELPY

SEGURO SOLO APLICABLE A RESIDENTES EN ESPAÑA

GARANTÍAS CUBIERTAS LÍMITES
1) GARANTÍAS DE ASISTENCIA
1.1. ASISTENCIA A PERSONAS
1.1.1. ASISTENCIA MÉDICA Y SANITARIA
• ESPAÑA 100.000 €
• EUROPA 2.500.000 €
• MUNDO 2.500.000 €
• ASISTENCIA MÉDICA Y SANITARIA EN EL EXTRANJERO PARA MAYORES DE 75 AÑOS (SOLO OPCIÓN ANUAL MULTIVIAJE) 50.000 €
• A BORDO DEL CRUCERO 10.000 €
1.1.5. GASTOS ODONTOLÓGICOS URGENTES 200 €
1.1.6. GASTOS ODONTOLÓGICOS URGENTES POR ACCIDENTE 600 €
1.1.10. REPATRIACIÓN O TRANSPORTE SANITARIO DE HERIDOS O ENFERMOS ILIMITADO
1.1.11. REPATRIACIÓN O TRANSPORTE DE ACOMPAÑANTES (2) ILIMITADO
1.1.12. REPATRIACIÓN O TRANSPORTE DE HIJOS MENORES O PERSONAS DEPENDIENTES ILIMITADO
1.1.13. REPATRIACIÓN O TRANSPORTE DEL ASEGURADO FALLECIDO ILIMITADO
1.1.15. REGRESO ANTICIPADO POR FALLECIMIENTO DE UN FAMILIAR ILIMITADO
1.1.16. REGRESO ANTICIPADO POR HOSPITALIZACIÓN DE UN FAMILIAR SUPERIOR A 5 DÍAS ILIMITADO
1.1.17. REGRESO ANTICIPADO POR SINIESTRO GRAVE EN EL HOGAR O LOCAL PROFESIONAL DEL ASEGURADO ILIMITADO
1.1.26. PROLONGACIÓN DE ESTANCIA EN HOTEL POR PRESCRIPCIÓN MÉDICA (60 EUROS/DÍA) 600 €
1.1.27. DESPLAZAMIENTO DE UNA PERSONA EN CASO DE HOSPITALIZACIÓN DEL ASEGURADO SUPERIOR A 5 DÍAS ILIMITADO
1.1.27.1. GASTOS DE ESTANCIA DE LA PERSONA DESPLAZADA EN CASO DE HOSPITALIZACIÓN DEL ASEGURADO SUPERIOR A 5 DÍAS (60 EUROS/DÍA) 600 €
1.1.28. GASTOS MÉDICOS, QUIRÚRGICOS, FARMACÉUTICOS Y DE HOSPITALIZACIÓN DEL ACOMPAÑANTE DESPLAZADO 500 €
1.1.29. GASTOS POR SECUESTRO 4.000 €
1.1.35. AYUDA A LOS FAMILIARES EN EL DOMICILIO DEL ASEGURADO HOSPITALIZADO 120 €
1.1.36. APERTURA Y REPARACIÓN DE COFRES Y CAJAS DE SEGURIDAD 200 €
1.1.38. TRANSMISIÓN DE MENSAJES URGENTES INCLUIDO
1.1.39. ENVÍO DE MEDICAMENTOS AL EXTRANJERO INCLUIDO
1.1.40. SERVICIO DE INTÉRPRETE INCLUIDO
1.1.41. SERVICIO DE INFORMACIÓN INCLUIDO
1.1.42. ADELANTO DE FONDOS EN EL EXTRANJERO 3.000 €
1.1.43. ANULACIÓN DE TARJETAS INCLUIDO
1.1.46. PÉRDIDA DE LAS LLAVES DE LA VIVIENDA HABITUAL 100 €
1.1.56. PROLONGACIÓN DE ESTANCIA DEL ACOMPAÑANTE EN EL HOTEL POR PRESCRIPCIÓN MÉDICA (60 EUROS/DÍA) 600 €
1.1.57. GASTOS DEL ASEGURADO DERIVADOS DE LA ESTANCIA EN EL HOSPITAL (10 EUROS/DÍA) 100 €
1.1.58. INDEMNIZACIÓN DIARIA POR HOSPITALIZACIÓN (30 EUROS/DÍA) 1.500 €
1.1.60. SERVICIO DE COMITÉ DE CRISIS Y AYUDA AL VIAJERO INCLUIDO
1.1.66. ASISTENCIA MÉDICA Y SANITARIA POR ENFERMEDAD PREEXISTENTE
• ESPAÑA 3.000 €
• EUROPA 10.000 €
• MUNDO 15.000 €
1.1.70. REINCORPORACIÓN AL PLAN DE VIAJE TRAS HOSPITALIZACIÓN 300 €
1.1.71. GASTOS DEL ASEGURADO DERIVADOS DE LA REALIZACIÓN DE LA PRUEBA DE DIAGNÓSTICO DEL COVID-19 (PCR) DURANTE EL VIAJE 200 €
1.1.72. PROLONGACIÓN DE ESTANCIA POR CUARENTENA MÉDICA DEBIDA A COVID-19 (270 EUROS/DÍA) 4.050 €
1.1.76. PROLONGACIÓN DE ESTANCIA DEL ACOMPAÑANTE POR CUARENTENA MÉDICA DEL ASEGURADO DEBIDA A COVID-19 (270 EUROS/DÍA) 4.050 €
1.1.84. REGRESO ANTICIPADO POR CIERRE DE FRONTERAS EN DESTINO DEBIDO A COVID-19 ILIMITADO
1.1.86. REPATRIACIÓN O TRANSPORTE DEL ANIMAL DE COMPAÑÍA INCLUIDO
1.1.87. PROLONGACIÓN DE ESTANCIA DEL ANIMAL DE COMPAÑÍA POR HOSPITALIZACIÓN DEL ASEGURADO (60€ día/ 5 días) 300 €
1.2. ASISTENCIA LEGAL
1.2.1. RECLAMACIÓN EN CONTRATOS DE COMPRA EN EL EXTRANJERO 3.000 €
1.2.2. ADELANTO DEL IMPORTE DE LA FIANZA PENAL EXIGIDA EN EL EXTRANJERO 21.000 €
1.2.4. PAGO DE LOS GASTOS DE ASISTENCIA JURÍDICA EFECTUADOS EN EL EXTRANJERO 1.500 €
2) GARANTÍAS DE EQUIPAJES
2.1. PÉRDIDAS MATERIALES
• ESPAÑA 850 €
• EUROPA 1.500 €
• MUNDO 2.500 €
• EN CASO DE ROBO SE ESTABLECE UN IMPORTE MÁXIMO DE 500 €
2.3. DEMORA EN LA ENTREGA DEL EQUIPAJE (150 EUROS A PARTIR DE 12 HORAS Y 105 EUROS CADA 24 HORAS ADICIONALES) 360 €
2.4. ENVÍO DE OBJETOS OLVIDADOS O ROBADOS DURANTE EL VIAJE 125 €
2.5. BÚSQUEDA, LOCALIZACIÓN Y ENVÍO DE EQUIPAJES EXTRAVIADOS INCLUIDO
2.6. GASTOS DE GESTIÓN POR PÉRDIDA DE DOCUMENTOS DE VIAJE 250 €

3) GARANTÍAS DE ANULACIÓN, INTERRUPCIÓN Y CAMBIO DE CONDICIONES DEL VIAJE
3.1. GASTOS DE ANULACIÓN DE VIAJE
• ESPAÑA 5.000 €
• EUROPA 10.000 €
• MUNDO 15.000 €
• ANUAL MULTIVIAJE 5.000 €
3.2. INTERRUPCIÓN DE VIAJE
• ESPAÑA 5.000 €
• EUROPA 10.000 €
• MUNDO 15.000 €
• ANUAL MULTIVIAJE 5.000 €
3.3. CAMBIO DE CONDICIONES DEL VIAJE 200 €
3.6. GASTOS OCASIONADOS POR LA CESIÓN DE VIAJE 500 €
3.10. INTERRUPCIÓN DE VIAJE POR CIERRE DE FRONTERAS DEBIDO A COVID-19 1.500 €

4) GARANTÍAS DE DEMORA DE VIAJE Y PÉRDIDA DE SERVICIOS
4.1. GASTOS OCASIONADOS POR LA DEMORA EN LA SALIDA DEL MEDIO DE TRANSPORTE (50 EUROS A PARTIR DE 6 HORAS Y 100 EUROS CADA 24 HORAS ADICIONALES) 350 €
4.4. GASTOS OCASIONADOS POR LA EXTENSIÓN DE VIAJE OBLIGADA (MÁXIMO 70 EUROS/DÍA) 350 €
4.5. EXTENSIÓN DE LA COBERTURA DEL SEGURO (4 DÍAS) INCLUIDO
4.6. GASTOS OCASIONADOS POR LA PÉRDIDA DE ENLACES DEL MEDIO DE TRANSPORTE (MÍNIMO 4 HORAS DE RETRASO) 800 €
4.7. GASTOS OCASIONADOS POR LA PÉRDIDA DE SERVICIOS CONTRATADOS POR DEMORA EN LA LLEGADA DEL CRUCERO 500 €
4.8. GASTOS OCASIONADOS POR TRANSPORTE ALTERNATIVO POR PÉRDIDA DE ENLACES DEL MEDIO DE TRANSPORTE (MÍNIMO 4 HORAS DE RETRASO) 500 €
4.9. GASTOS OCASIONADOS POR LA PÉRDIDA DEL MEDIO DE TRANSPORTE POR ACCIDENTE “IN ITINERE” 350 €
4.10. CAMBIO DE SERVICIOS INICIALMENTE CONTRATADOS
4.10.1. GASTOS OCASIONADOS POR LA SALIDA DE UN MEDIO DE TRANSPORTE ALTERNATIVO NO PREVISTO (60 EUROS CADA 6 HORAS) 360 €
4.10.2. GASTOS OCASIONADOS POR EL CAMBIO DE ALOJAMIENTO (MAX. 55 EUROS/DÍA) 550 €
4.12. PÉRDIDA DE SERVICIOS CONTRATADOS 500 €
4.28. PÉRDIDA DE SERVICIOS CONTRATADOS POR CUARENTENA MÉDICA POR POSITIVO COVID-19 500 €
4.29. RECUPERACIÓN DEL COSTE DEL CRUCERO POR DENEGACIÓN DE EMBARQUE DEBIDO A COVID-19
• ESPAÑA 5.000 €
• EUROPA 10.000 €
• MUNDO 15.000 €
• ANUAL MULTIVIAJE 5.000 €

5) GARANTÍAS DE ACCIDENTES
5.1. ACCIDENTES EN VIAJE
5.1.1. INVALIDEZ PERMANENTE POR ACCIDENTE EN VIAJE 6.500 €
5.1.2. FALLECIMIENTO POR ACCIDENTE EN VIAJE 6.500 €
5.2. ACCIDENTES DEL MEDIO DE TRANSPORTE
5.2.1. INVALIDEZ PERMANENTE POR ACCIDENTE DEL MEDIO DE TRANSPORTE 40.000 €
5.2.2. FALLECIMIENTO POR ACCIDENTE DEL MEDIO DE TRANSPORTE 40.000 €

6) RESPONSABILIDAD CIVIL
6.1. RESPONSABILIDAD CIVIL PRIVADA 120.000 €

7) GARANTÍA DE QUIEBRA DE PROVEEDORES
7.1. QUIEBRA DE PROVEEDORES
7.1.1. GASTOS DE CANCELACIÓN POR QUIEBRA DE PROVEEDORES
7.1.1.1. GASTOS DE REPROGRAMACIÓN DEL VIAJE 300 €
7.1.1.2. GASTOS POR PÉRDIDA DE SERVICIOS POR CANCELACIÓN DEL VIAJE 300 €
7.1.2. GASTOS POR PÉRDIDA O REPOSICIÓN DE SERVICIOS DEL VIAJE POR QUIEBRA DE PROVEEDORES 300 €
7.1.3. GASTOS DE REPATRIACIÓN DEL ASEGURADO DEL VIAJE POR QUIEBRA DE PROVEEDORES 300 €
7.2. QUIEBRA DE LÍNEA AÉREA REGULAR
7.2.1. GASTOS DE CANCELACIÓN POR QUIEBRA DE LÍNEA AÉREA REGULAR 3.000 €
7.2.2. GASTOS DE REPOSICIÓN DE SERVICIOS AÉREOS 3.000 €
7.2.3. GASTOS DE REPATRIACIÓN DEL ASEGURADO 3.000 €

8) GARANTÍA DE FUERZA MAYOR
8.1. FUERZA MAYOR
8.1.1. GASTOS DE CANCELACIÓN DE VIAJE POR FUERZA MAYOR
8.1.1.1. GASTOS DE REPROGRAMACIÓN DEL VIAJE 1.000 €
8.1.1.2. GASTOS POR PÉRDIDA DE SERVICIOS POR CANCELACIÓN DEL VIAJE 1.000 €
8.1.2. GASTOS DE EXTENSIÓN DEL VIAJE POR FUERZA MAYOR
8.1.2.1. GASTOS DE ALOJAMIENTO Y MANUTENCIÓN POR FUERZA MAYOR (150 EUROS/DÍA) 1.050 €
8.1.3. GASTOS DE TRANSPORTE AL LUGAR DE ORIGEN DEL VIAJE POR FUERZA MAYOR 1.000 €

10) GARANTÍA DE DERECHO A COMPENSACIÓN
10.1. DERECHO A COMPENSACIÓN (Art. 7. Rgto. (CE) 261/2004)
10.1.1. PARA VUELOS HASTA 1.500 KILÓMETROS 300 €
10.1.2. PARA VUELOS INTRACOMUNITARIOS DE MÁS DE 1.500 KILÓMETROS Y PARA TODOS LOS DEMÁS VUELOS DE ENTRE 1.500 Y 3.500 KILÓMETROS 450 €
10.1.3. PARA TODOS LOS VUELOS NO COMPRENDIDOS EN 10.1.1. O 10.1.2. 700 €

AMPLIACIÓN OPCIONAL
3.1. GASTOS DE ANULACIÓN DE VIAJE

SERVICIOS
TELEMEDICINA
HELPY
IRONBAG
RIGHTRAVEL